REGLAMENTO DE OPERACIONES EN LA RUEDA DE LA BOLSA DE VALORES DE LIMA
Artículo 9.- De las operaciones.
Las operaciones realizadas no podrán ser modificadas, salvo en supuestos excepcionales y bajo el procedimiento que establezca el Consejo en los casos que ello no conlleve una afectación al mercado.
Agregar a las disposiciones adoptadas por Sesión CD 676/99, aprobadas por el artículo 2° de la Resolución CONASEV N° 032-99-EF/94.10, modificadas por Sesión CD N° 686/99 y Sesión CD N° 689/99, aprobadas por el artículo 2° de la Resolución CONASEV N° 078-99-EF/94.10 y el artículo 2° de la Resolución CONASEV N° 097-99-EF/94.10, respectivamente, respecto de los supuestos y procedimientos para la modificación de operaciones involucradas en una estrategia day trade compra-venta con acciones y valores representativos de derechos sobre acciones la disposición siguiente:
"En el caso de las operaciones involucradas en una estrategia day trade compra venta, sólo procede la reducción de la cantidad negociada hasta por la cantidad no involucrada en la estrategia day trade. Si la Dirección de Mercados autorizara una reducción por una cantidad mayor, CAVALI deberá comunicarlo en forma inmediata para que la Dirección de Mercados proceda a revocar dicha autorización."
Artículo 22.- Ventas de valores objeto de una operación aún no liquidada
Sin perjuicio de lo señalado en el artículo 12 del presente Reglamento, celebrada la operación y antes de su liquidación, el comitente comprador podrá vender los valores objeto de dicha operación. En este supuesto no es de aplicación lo dispuesto precedentemente.
El texto acordado en Sesión CD-676/99 del 17 de febrero de 1999 será sustituído por siguiente texto:
"La estrategia day trade compra venta consiste en la venta de los valores adquiridos durante una misma Sesión de Rueda y a través del mismo intermediario bursátil. Esta estrategia sólo podrá ser efectuada con acciones y valores representativos de derechos sobre acciones inscritos en Rueda.
Las ventas involucradas en una estrategia day trade deberán ser identificadas como tales por el intermediario bursátil al momento de la asignación de comitentes en CAVALI. Esta identificación se hará sólo en la asignación y no podrá ser modificada posteriormente por los intermediarios.
Las estrategias day trade serán validadas por CAVALI si se verificara que el comitente day trader realizó compras del mismo valor con números de operación inferiores a los de las ventas correspondientes y por una cantidad igual o mayor a la cantidad vendida. Asimismo, antes de la validación de la estrategia day trade, CAVALI verificará que el comitente day trader no figure como comprador y vendedor en una misma operación.
Las operaciones involucradas en la estrategia day trade serán liquidadas después de verificarse la entrega de valores por las contrapartes del day trader, así como la entrega de fondos."
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