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Sociedades Agentes de Bolsa De acuerdo con la legislación del mercado de valores peruano, los intermediarios del mercado bursátil son las Sociedades Agentes de Bolsa autorizadas por la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV). Las Sociedades Agentes de Bolsa y los Agentes de Bolsa son los únicos que pueden contar con la condición de asociados a la Bolsa de Valores, asociación civil sin fines de lucro. Para desempeñarse como una sociedad agente de bolsa se requiere la obtención de la autorización de organización y de funcionamiento expedidas por CONASEV. La solicitud de organización de un agente debe presentarse cuando menos por el mínimo de personas naturales o jurídicas necesarias para constituir una sociedad anónima, de acuerdo con la Ley General de Sociedades, para lo cual deberán adjuntar la siguiente información:
Para poder realizar operaciones establecidas en los incisos i) o s) del artículo 194 ó b) del artículo 207 de la Ley, según corresponda, el agente debe obtener la autorización respectiva, para lo cual debe cumplir adicionalmente con los requisitos específicos que se establecen en el Reglamento de Agentes de Intermediación. Asimismo para intermediar con instrumentos financieros no inscritos en ningún mecanismo centralizado del país, así como para intermediar con valores o instrumentos financieros que se negocian en el extranjero, de conformidad con lo dispuesto en el inciso t) del artículo 194 y el inciso i) del artículo 207 de la Ley, según corresponda, el Agente debe cumplir con las condiciones específicas que se establecen en el mismo Reglamento.
Asimismo, el Funcionario de Control interno deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en articulo 59 del presente Reglamento. Luego de otorgada la autorización de organización, para que una sociedad agente obtenga autorización de funcionamiento, se requiere que:
Luego de obtener la autorización de funcionamiento y para iniciar sus operaciones, toda Sociedad Agente de Bolsa debe:
Para respaldar la cobertura de todas las obligaciones y responsabilidad derivada de la actuación de las sociedades agentes de bolsa, se cuenta con dos tipos de garantía: Fondo de Garantía de la Bolsa de Valores de Lima y la garantía constituida ante CONASEV.
El Fondo de Garantía esta conformado por los aportes mensuales que realicen las sociedades agentes, las rentas derivadas de las inversiones que se efectúen con los recursos del Fondo y con el producto de las multas que se impongan en los procesos administrativos que se inicien en la Bolsa. Los aportes mensuales serán fijados por el directorio de la Bolsa, el mismo que podrá ser modificado en cualquier momento.
Esta garantía se ejecuta únicamente cuando la ejecución del fondo haya resultado insuficiente para la restitución total de los fondos , valore o instrumentos financieros a los inversionistas perjudicados por dicha sociedad agente de bolsa, siempre que dicha restitución se hay determinado de manera definitiva. |