OPERACIONES
DE PRÉSTAMO BURSÁTIL CON ACCIONES Y
VALORES
REPRESENTATIVOS DE DERECHOS SOBRE ACCIONES
INTRODUCCION
El
presente documento contiene la definición del nuevo Mercado de Préstamo
Bursátil con Acciones y Valores Representativos de Derechos sobre Acciones, en
el marco del Reglamento de Operaciones de Rueda en la Bolsa de Valores de Lima.
A continuación se desarrollan los siguientes puntos:
1. DEFINICIÓN
La
operación de préstamo bursátil es aquella que comprende una compra de valores a
ser liquidada dentro del plazo establecido para las operaciones al contado, y
una simultánea venta a ser liquidada dentro del plazo pactado, por la misma
cantidad y especie de valores y a un precio determinado.
A
la Sociedad Agente de Bolsa (SAB) compradora en la primera compra se le
denomina “prestataria”, mientras que a la SAB vendedora “prestamista”.
Es
característica de las operaciones de préstamo bursátil que el prestatario pueda
disponer libremente de los valores obtenidos en préstamo.
El
plazo de esta operación no podrá exceder los 360 días calendario.
Valor : Se
negocian 1,000 acciones del valor X
Precio S/. : 3.50.
Precio US$ : 1 considerando el T.C. de S/. 3.50
TRE : 12
%
Plazo : 4
días
|
Fecha Operación |
Comprador |
Vendedor |
Cantidad acciones |
Valor |
Precio US$ |
Monto US$ |
|
Día 1 Contado |
Prestatario |
Prestamista |
1,000 |
X |
1.000000 |
1,000.00 |
|
Día 5 Plazo |
Prestamista |
Prestatario |
1,000 |
X |
0.998734 |
998.73[1] |
Las
Operaciones de Préstamo Bursátil ofrecen a sus participantes y al mercado las
siguientes ventajas:
2.1. Para
los prestamistas
Este mecanismo les permite
obtener rentabilidad sobre sus posiciones sin tener que desprenderse de ellas,
en especial si hablamos de inversionistas con carteras de composición estable
(a largo plazo). En este último caso, el préstamo favorece que los valores de
estas carteras regresen al mercado y por tanto que se incremente la inversión
bursátil, con los consiguientes efectos en la profundidad y liquidez del
mercado.
2.2. Para los prestatarios
a. Realizar
ventas descubiertas [2]
Los inversionistas que
consideran que un valor está sobrevaluado y apuestan por una baja en su cotización,
pero no tienen una posición en tal valor, lo venderán al descubierto (es decir
sin tenerlo). Para poder liquidar dicha venta harán un préstamo. La ganancia
para estos inversionistas se encuentra en la diferencia entre los precios de la
venta al descubierto y de la posterior compra para cubrir el préstamo.
b. Cubrir faltantes en la liquidación (Grupo de
los Treinta)
Este mecanismo permite, que
ante cualquier imprevisto que le impida a la sociedad vendedora la oportuna
entrega de valores a CAVALI, pueda obtener valores en préstamo para cumplir con
la liquidación de sus operaciones. La implementación del préstamo de valores es
una recomendación del Grupo de los Treinta pues contribuye a reducir los
siguientes riesgos:
- De contraparte y sistémico, ya que el comprador
recibe los valores oportunamente, y por tanto es capaz de cumplir con las
obligaciones posteriores que hubiera contraído con los mismos.
-
De
oscilación de precios y de demora en la liquidación, pues en la mayoría de los
casos no será necesario proceder a la ejecución forzosa de la operación
incumplida.
3. PARTICIPANTES
Los
participantes en una Operación de Préstamo Bursátil son los siguientes:
3.1. Prestamistas
Propietarios de valores. Pueden ser
personas naturales o jurídicas, de origen nacional o extranjero.
3.2. Prestatarios
Demandantes de valores. Pueden ser
personas naturales o jurídicas, de origen nacional o extranjero.
3.3. Bolsa de Valores de Lima-BVL
4. VALORES SUSCEPTIBLES DE SER NEGOCIADOS
Se pueden realizar
operaciones de préstamo bursátil con acciones y valores representativos de
derechos sobre acciones que integran la Tabla de Valores Referenciales –TVR
vigente a la fecha.
En el
caso de los valores depositados en el Depository Trust Company – DTC de los
Estados Unidos, éstos deberán haber sido registrados como margen de garantía
(del prestatario) a través de la cuenta que CAVALI tiene en dicho depósito en
su calidad de participante directo. Este esquema funciona también para los
valores depositados en otras instituciones con las que CAVALI hubiera celebrado
convenios de naturaleza similar.
Los
valores deben encontrarse libres de todo gravamen.
5. NEGOCIACION
Las
operaciones de préstamo bursátil se realizan exclusivamente a través del
Sistema de Negociación Electrónica – ELEX en el horario de la Sesión de Rueda
(de 9:00 a 14:00 horas).
Las
operaciones de préstamo bursátil se realizan bajo la modalidad de negociación
continua.
El
sistema ELEX permite al intermediario bursátil ingresar sus propuestas o aplicar aquellas de su interés. El cierre de
operaciones no es automático y exige la aceptación de la SAB proponente.
Asimismo,
el ELEX ofrece diversa información sobre las operaciones realizadas en este
mercado.
6. VARIABLES DE LA PROPUESTA
Las variables a pactar
en una operación de préstamo bursátil son las siguientes:
6.1 Valor
6.2 Cantidad
6.3 Tasa de rendimiento esperada – TRE
6.4 Precio de la primera compra
6.5 Cobertura adicional
6.6 Plazo
6.7 Modalidades
6.8 Margen de garantía del
prestatario
6.9 Porcentaje de margen del
prestamista
6.10 Fecha de liquidación
de la primera compra
Valor negociado en
la operación. Se conoce como PRINCIPAL.
Cantidad de valores
negociados.
Tasa de
rendimiento esperada, expresada como tasa efectiva anual (360 días) hasta con
cuatro (4) decimales. Se podrán pactar tasas variables relacionadas a los
indicadores de mercado previamente autorizados por el Consejo Directivo de la
Bolsa.
Precio al
que se realiza la primera compra que integra el préstamo bursátil (ver punto
10). Se pacta con dos (2) decimales.
Si la operación se
realiza en dólares norteamericanos con valores expresados en moneda nacional, o
viceversa, el precio es calculado por el ELEX con seis (6) decimales.
El tipo de cambio
utilizado es el promedio de los precios de compra y venta registrados por la
Agencia Reuters a las 09:00 horas de la fecha de operación y mostrado por el
Sistema ELEX.
Se puede pactar un
porcentaje de cobertura adicional sobre el precio de los valores que integran
el préstamo bursátil. El precio resultante de adicionar este porcentaje de
cobertura adicional al precio mínimo que resulte de aplicar el procedimiento
detallado en el punto 10 será el precio del valor en la operación. Este precio
será calculado con seis (6) decimales.
Dicho porcentaje
será adicionado por CAVALI al momento de valorizar (monto de cobertura) los
activos objeto del préstamo bursátil durante toda la vigencia de la operación.
Se pueden
realizar operaciones de préstamo bursátil hasta por 360 días. El plazo se
calcula desde la fecha de liquidación de la primera operación que integra el
préstamo bursátil (FL1). La fecha de liquidación de la segunda operación
que integra el préstamo bursátil se conoce como FL2.
Estas
fechas deben ser días hábiles bursátiles[3].
En caso contrario, el sistema ELEX ajustará los datos de la operación hasta
calzar el plazo con el siguiente día hábil bursátil.
En el caso
de las operaciones a plazo variable (ver punto 7.4), las partes pueden pactar
adicionalmente un plazo mínimo y un plazo máximo. Estos plazos mínimos y
máximos también serán ajustados por el sistema, con el fin de calzarlos con el
primer día hábil bursátil siguiente, en caso de ser feriados.
Dinero o
valores que las partes acuerdan entregar como garantía de la liquidación de la
última venta a plazo (devolución de los valores).
Todos los
comitentes prestamistas deberán dejar como margen de garantía el 100% del monto de la primera operación del préstamo
bursátil.
6.10. Fecha
de liquidación de la primera compra
Las partes pueden
pactar que la liquidación en el FL1 sea:
- En la fecha de la operación (T).
- Al día hábil siguiente de la operación
(T+1).
Las operaciones al contado que se
encuentren pendientes de entrega de valores pueden ser liquidadas con los
valores provenientes de una operación de préstamo bursátil. En este caso, se
deberá indicar en la papeleta electrónica que los valores objeto del préstamo
se destinarán a cubrir operaciones pendientes de entrega de valores.
Con el fin de facilitar la
liquidación y el control de límites establecidos para la realización de
operaciones de préstamo bursátil, la sociedad deberá indicar en la papeleta
electrónica del ELEX, que se trata de una “renovación”, esto es, que el
préstamo bursátil es realizado en la misma moneda, por el mismo comitente
prestatario y por los mismos valores y cantidad, comprometidos en un préstamo
vigente. El FL1 de esta nueva operación
debe coincidir con el FL2 de la operación original. El plazo de liquidación para
la nueva operación, deberá ser al día siguiente de realizada la operación. Para
ello, también deberá indicarse en el sistema ELEX el número y fecha de
realización de la operación inicial. El sistema de CAVALI verificará si la SAB
prestamista es la misma de la operación original o no, con fines de
liquidación. Los valores obtenidos a
través de esta operación deben servir para liquidar total o parcialmente (en
caso exista más de un comitente prestatario) el préstamo original. De ser el
caso, el nuevo prestamista recibirá los fondos materia del préstamo, los mismos
que serán usados como garantía de la nueva operación.
Las propuestas de operaciones de préstamo bursátil
pueden ser calzadas total o parcialmente. Cuando se aplique parcialmente una
propuesta la contraparte deberá ingresar la cantidad de acciones que desea
aplicar.
7. MODALIDADES
Se pueden pactar las siguientes
modalidades de operaciones de préstamo bursátil:
7.1 En
Nuevos Soles
7.2 En
Moneda Extranjera
7.3. Ajustado al Indice Selectivo de la BVL
(ISBVL)
7.4. A
plazo variable para el prestatario
Es aquella realizada en
nuevos soles. Se pueden negociar valores cuyos precios están expresados en
dólares norteamericanos, en cuyo caso se utiliza el tipo de cambio mostrado por
el Sistema ELEX.
Asimismo, las partes
pueden pactar una TRE variable, esto es, ajustada a la tasa TAMN, TIPMN u otra
similar, pudiendo pactarse con un porcentaje fijo adicional. Por ejemplo: TAMN
+ 1%.
Para fines de
liquidación y durante la vigencia del préstamo bursátil, el precio de la venta
a plazo será calculado por CAVALI sobre la base de la tasa mostrada en el ELEX
el día anterior.
Es aquella realizada en
moneda extranjera. Se pueden realizar operaciones con valores cuyos precios
están expresados en nuevos soles, en cuyo caso se utiliza el tipo de cambio
mostrado por el Sistema ELEX.
Las partes pueden
pactar una TRE variable esto es, ajustada a la tasa LIBOR, PRIME, TAMEX, TIPMEX
u otra similar, pudiendo pactarse un porcentaje fijo adicional. Por ejemplo:
LIBOR + 2%.
Para fines de
liquidación y durante la vigencia del préstamo bursátil, el precio de la
operación a plazo será calculado por
CAVALI sobre la base de la tasa mostrada por el ELEX el día anterior.
Operación
|
Comprador
|
Vendedor
|
Cantidad
|
Precio
S/.
|
Monto
S/.
|
Contado
|
Prestatario
|
Prestamista
|
1,000
|
1.00
|
1,000
|
Plazo
|
Prestamista
|
Prestatario
|
1,000
|
0.96
|
960
|
8. LIQUIDACION ANTICIPADA
El prestatario podrá liquidar una
operación de préstamo bursátil sin que se requiera la conformidad del
prestamista, en cuyo caso entregará la cantidad de valores materia de la misma
y pagará los intereses por el plazo total de la operación. Dentro de las
veinticuatro (24) horas siguientes, CAVALI entregará los valores al
prestamista. Si el prestatario incumpliera con la liquidación anticipada, a
pesar de haberla solicitado, la operación será tratada conforme a los
procedimientos de incumplimiento de operaciones, descrito en el punto 27.
Para la
selección de los valores que pueden ser negociados y entregados como margen de
garantía, la BVL utilizará la Tabla de Valores Referenciales (TVR) vigente a la
fecha.
La TVR está
integrada por “LISTAS” que consideran diferentes porcentajes de castigo para
los valores que las integran. Las listas de la TVR se ordenan de acuerdo al
nivel de riesgo de los valores, de forma que los valores de la Lista 1 tienen
un menor nivel de riesgo que los de las Listas 2, 3 y 4 respectivamente.
La TVR se
actualiza en forma trimestral sobre la base de la información estadística
correspondiente al movimiento bursátil de los doce (12) últimos meses. Esta
actualización, será realizada por la Bolsa de Valores de Lima, para efectos del
cálculo para la liquidación de operaciones y administración de garantías.